Se deslinda Trigos de cualquier presunta actividad ilícita que hubiera podido realizar su inquilina. La vivienda asegurada esta tarde por la PGR es de él pero la renta ~ Playa del Carmen Noticias | SLR

Se deslinda Trigos de cualquier presunta actividad ilícita que hubiera podido realizar su inquilina. La vivienda asegurada esta tarde por la PGR es de él pero la renta

domingo, 11 de junio de 2017



Playa del Carmen, Q. Roo, Mx a 10 de Junio de 2017.- [Al final de la nota, parte de la documentación presentada por Carlos Trigo a la PGR en tamaño real] Carlos Trigos Perdomo emitió esta noche de sábado un comunicado para deslindarse de cualquier presunta actividad ilícita en la que hubiera podido incurrir su inquilina, pues reconoce que el domicilio asegurado esta tarde por la PGR en Cancún es de su propiedad, pero lo renta desde el pasado día 24 de Mayo pasado.
Carlos Trigos también infoma en su comunicado que ya rindió declaración ministerial ante la PGR para esclarecer cualquier situación relacionada con su vivienda asegurada hoy por la PGR, aportando toda la documentación requeridad para el deslinde de responsabilidades.

A continuación el comunicado de Carlos Trigos:


Boletín de Prensa

Playa del Carmen a 10 de junio 2017

A todos los medios y a la opinión pública:


En relación al cateo que realizaron elementos de la PGR la mañana de este sábado 10 de junio a una de las propiedades que en este momento, un servidor, Carlos Trigo Perdomo, mantiene arrendada a un particular, deseo hacer algunas precisiones de la información que se ha manejado en algunos medios con evidente dolo para relacionarme con actividades presuntamente ilícitas.

1.- Aclaro que la casa habitación que se ubica en el lote 1-01, manzana 23, calle Ecuador esquina con Avenida Huayacan , fraccionamiento las Américas, en la ciudad de Cancún, con una superficie 251.43 metros cuadrados es legalmente de mi propiedad, pero que este inmueble fue cedido en arrendamiento el pasado 24 de mayo del año en curso.

2.- El 24 de mayo de 2017, la señora Claudia L. R. C. y yo signamos un Convenio Transaccional ante el Juez Civil oral de primera Instancia del Distrito Judicial  de Cancún. Un convenio transaccional no es otra cosa que un instrumento que evita un posible juicio con el inquilino, y en caso de que este no cumpla con el pago de la renta o no quiera desocupar la PROPIEDAD Arrendada, solo se solicita la ejecución del convenio en la vía judicial sin mediar en un juicio en forma. Esta es la función del contrato de transacción. (Anexo copia).

3.- El proceso de selección del inquilino lo realizó la agente inmobiliaria Greta Nirvan Rodríguez Benítez, quien representa a la firma Shakti Inmo, bajo los criterios de un estudio  socioeconómico efectuado a los solicitantes. Luego de cumplir con los requisitos a R. C. se le cedió en arrendamiento la propiedad.

4.-Entre los requisitos que permitieron el arrendamiento a la señora R. C. fue: cumplir con una residencia de 10 años, solvencia económica y el numero de ocupantes (3 adultos y un menor).

5.- Por ultimo informo que acudí de manera pronta a las oficinas del ministerio público federal de la PGR, para esclarecer y aportar la documentación requerida en cuanto a la posesión de la propiedad y el deslinde de responsabilidades. Presenté toda la documentación a Enrique Pérez Garcia, quien está a cargo de las investigaciones.

Subrayo que me deslindo de toda actividad realizada por los inquilinos en la mencionada propiedad y lamento el evidente dolo con que se ha manejado la información en algunos medios de comunicación, tratando de afectar mi imagen relacionándose con presuntas actividades ilícitas, y reitero la cordial invitación a las autoridades ministeriales a realizar las investigaciones necesarias que permitan esclarecer el caso.
 

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